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Senado · 2025-2028
Para enmendar el Artículo 1.016 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico” a los fines de que sean las legislaturas municipales las encargadas de someter un proyecto de ordenanza para establecer el orden de sucesión interina del alcalde por vacante permanente en los municipios y no los alcaldes; y para otros fines relacionados.
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.