Senado · 2025-2028
Para enmendar el inciso (e) del Artículo 1 de la Ley Núm. 12 de 12 de junio de 1992 mediante la que se crea el Fondo Permanente para la Administración, Operación y Desarrollo de Bienes Destinados al Movimiento Olímpico de Puerto Rico con el propósito de autorizar y ratificar la facultad de la Junta de Fiduciarios del Fideicomiso Olímpico para reconocer y declarar el terreno y las estructuras del Albergue Olímpico de Puerto Rico, Germán Rieckehoff Sampayo, como un centro estatal para manejo de emergencias y administración de desastres; ceder su uso y disfrute al Gobierno de Puerto Rico en todo momento que el Gobernador (a) de Puerto Rico decrete un estado de emergencia mediante una orden ejecutiva.
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.