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Para crear la “Ley General de Proclamas de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 9-1997, conocida como “Ley del “Mes del Cuidado de los Ojos” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 284-2018, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes y el Día de Concientización sobre Autoestima””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 36-2017, según enmendada, conocida como “Ley del “Día de la Recordación de Doña Inés Mendoza de Muñoz Marín””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 364-2004, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes y el Día de la Prevención del Cáncer Cervical””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 118-2006, según enmendada, conocida como “Ley del “Día Conmemorativo de don Salvador Brau Asencio””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 118-2006, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención y Manejo de Síntomas del Corazón y de los Adiestramientos de Resucitación Cardiopulmonar””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 37-2010, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención y Manejo de Síntomas del Corazón y de los Adiestramientos de Resucitación Cardiopulmonar””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 46-1996, conocida como “Ley del “Mes de la Música de Trío” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 4-2007, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención del DVT (Trombosis de Vena Profunda) en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 162-2006, conocida como “Ley de la “Semana del Comienzo Saludable” a los Fines de Crear Conciencia en Cuanto a la Importancia de la Alimentación de los Recién Nacidos y los Problemas de Obesidad en los Niños”; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 114-2013, conocida como “Ley de la “Semana del Apicultor Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 30-2018, conocida como “Ley del “Mes del Tenis en Puerto Rico” y el “Día Puertorriqueño del Tenis””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 53-2000, conocida como “Ley de la Celebración de la Ciudadanía Americana”; añadir un Artículo 3, reenumerar el actual Artículo 3 a número 4, y reenumerar el Artículo número 4 a número 5 de la de la Ley Núm. 122-1994, conocida como “”Ley de la “Semana Conmemorativa de las Mujeres Consagradas a la Vida Religiosa”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 100-2000, conocida como “Ley del “Día de la Salsa en Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 186-1999, conocida como “Ley para la Conmemoración y Celebración del “Natalicio del Músico y Violinista José Figueroa Sanabia”; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 21 del 23 de mayo de 1984, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención y Control del Cáncer””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 180-2002, conocida como “Ley del “Día Nacional de la Bomba””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 78-2010, conocida como “Ley de la “Semana de la Concientización sobre el Buen Manejo de la Sangre””; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 59 del 6 de mayo de 1938, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana de las Industrias Puertorriqueñas”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 228-2006, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención de Cáncer de Seno en Puerto Rico”, el “Día de Concientización del Cáncer de Seno” y el “Día de la Concientización sobre el Cáncer de Mama Masculino””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 40-2007, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana del béisbol Puertorriqueño” y el “Día del Pelotero Puertorriqueño de las Grandes Ligas””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 166-2007, conocida como “Ley de la “Semana del Barbero y Estilista en Barbería de Puerto Rico””; enmendar el título, y los artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 24 del 27 de 1933, según enmendada, conocida como “Ley del “Día del homenaje a las Personas de Edad Avanzada””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 11-2007, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención del Uso y Abuso de las Drogas””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 52-2004, conocida como “Ley del “Mes de la Concientización del Síndrome de la Fatiga Crónica””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 298-1998, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes del Compositor, Músico e Interprete en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 221-1999, conocida como “Ley del “Día del Personal de Mantenimiento, Ornato, Saneamiento y/o Conservación”; derogar la Ley Núm. 325-2003, conocida como “Ley del “Mes de las Personas de Edad Avanzada””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 129-2006, conocida como “Ley del “Mes de la Promoción de la Salud Renal y Prevención de las Enfermedades Renales””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 47-2005, conocida como “Ley del “Mes del Manejo y Seguridad del Motociclista en las Carreteras””; reenumerar el Artículo 5 como Artículo 4, y enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. Ley Núm. 48-2005, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención y Concienciación en el Uso y Abuso del Alcohol””; enmendar los Artículos 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 42-2003, conocida como “Ley del “Día Nacional para Realizarse la Prueba de la Hepatitis C”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 50-2005, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación sobre la Fibromialgia””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 50-2005, conocida como “Ley del “Mes del Paralimpismo” en Puerto Rico y el “Día Nacional del Paralimpismo en Puerto Rico””; reenumerar el segundo Artículo 2, y el Artículo 3 a Artículos 3 y 4 respectivamente, enmendar el texto del primer el Artículo 2 de la Ley Núm. 251-2010, según enmendada, conocida como “Ley del “Día de la Gimnasia” o “Gym Day””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 166-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana de los Albergues, rescatistas de animales, de la Concienciación y de la Adopción de Mascotas en Puerto Rico”; el Sábado “Día Nacional de la Adopción de Mascotas””; enmendar el título y los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 89-2024, conocida como “Ley del Día del Ciclista y Concienciación Ciudadana””; derogar la Ley Núm. 117 del 13 de junio de 2012, conocida como “Ley del “Fin de Semana del Ciclista””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 206-1995, conocida como “Ley del “Día Conmemorativo del Natalicio de Felisa Rincón Vda. De Gautier”; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 185-1999, conocida como “Ley del “Día de la Conmemoración del Natalicio y de la Obra Artística Musical del Compositor Tito Henríquez”; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 82 del 6 de mayo de 1938, conocida como “Ley para Designar el “Día del Ciego” en Puerto Rico”; enmendar los Artículo 1 y 2 de la Ley Núm. 26 del 24 de mayo de 1986, conocida como “Ley para Conmemorar el “Día del Natalicio de Armando Sánchez Martínez””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 184-1999, conocida como “Ley del “Día de Conmemoración del Natalicio y de la Obra Artística Musical del Compositor Héctor F. Urdaneta””’; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 183-1999, conocida como “Ley de la “Ley del “Día de la Celebración del natalicio y de la Obra Artística Musical de la Compositora Sylvia Rexach””; enmendar el título y el Artículo 2 de la Ley Núm. 287-2012, conocida como “Ley para Decretar “El Mes del Pediatra en Puerto Rico” y el “Día del Pediatra””; enmendar el título y el Artículo 1, el Artículo 2, Artículo 3 y el Artículo 4 de la Ley Núm. 87-2015, conocida como “Ley del Mes de la Orientación y Prevención Contra la Trata Humana en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 57-2012, conocida como “Ley del “Mes del Deporte y el Ejercicio” en Puerto Rico y el “Día del Deportista Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 67 del 5 de julio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana de las Organizaciones Juveniles de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 45-2022, conocida como “Ley del “Día de Reconocimiento para Atletas Puertorriqueñas de Olimpiadas Especiales” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 71-2023, conocida como “Ley del “Día de puerto Rico FLA” (Future Business Leaders of América)“; enmendar enmienda el Artículo 2 de la Ley Núm. 43-2015, conocida como “Ley del Día Conmemorativo del Natalicio de Don Catalino “Tite” Curet Alonso””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 362-2004, conocida como “Ley del “Día del Declamador Puertorriqueño””; enmendar el título y los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 288-2002, conocida como “Ley del “Día Internacional de los Derechos Humanos” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 52-2002, conocida como “Ley de la “Semana de la Poesía Puertorriqueña y de la poetisa y el poeta Puertorriqueño y Día Conmemorativo del Natalicio de Evaristo Ribera Chevremont””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 38 del 5 de junio de 1938, conocida como “Ley del “Día del Natalicio y de la Obra Literaria de Julia De Burgos””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 45-1995, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana Rotaria” en Puerto Rico y el “Día del Rotarismo en Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley 128-2007, conocida como “Ley del “Día de los Gobernadores Puertorriqueños””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 55-1998, conocida como “Ley del “Día de la Policía Municipal” y la “Semana de la Policía Municipal””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 155-2018, conocida como “Ley de la “Semana Conmemorativa de la Comunidad Dominicana en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 13-2021, conocida como “Ley del “Día de Condiciones y Enfermedades Raras””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 82-2006, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Concientización sobre la Endometriosis” en Puerto Rico”; enmendar enmiendan los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 88-2022, conocida como “Ley del “Mes de la concienciación sobre el Trastorno de Procesamiento Sensorial (TPS)””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 30-2018, conocida como “Ley del “Mes del Tenis en Puerto Rico” y el “Día Puertorriqueño del Tenis””; enmendar el título y los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 102-2003, conocida como “Ley de la “Semana del líder y los Grupos Comunitarios y de la Autogestión Comunitaria en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 142-2006, conocida como “Ley del “Día de los Funcionarios de las Oficinas de Registraduría y Admisiones de todas las Instituciones Educativas Post Secundarias””; el Artículo 2 de la Ley Núm. 106-2003, conocida como ”Ley de la “Feria Puertorriqueña “Dulce Sueño” de Caballos de Paso Fino””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 327-2004, conocida como “Ley de la Semana de la Mujer en Puerto Rico””; reenumerar el Artículo 5 a Artículo 4, enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 82-2021, conocida como “Ley del “Día de la Mujer con Diversidad Funcional””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 189-2010, conocida como “Ley del “Día de la Mujer Veterana” en Puerto Rico”; enmendar los Artículo 2 y 3 de la Ley Núm. 88-2004, conocida como “Ley de la “Semana de la Responsabilidad Social Empresarial””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 155-2004, conocida como “Ley del “Día Mundial de los Derechos de los Consumidores””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 48-2023, conocida como “Ley del “Día del Capellán” en Puerto Rico”; enmendar enmiendan los Artículos 2 y 5 de la Ley Núm. 24-2021, conocida como “Ley de la “Semana y el Día Nacional para la Erradicación del Racismo y Afirmación de la Afrodescendencia” en la Conmemoración del “Día de la Abolición de la Esclavitud””; el Artículo 3 de la Ley Núm. 206-1995, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención del Consumo de Sustancias Controladas en Menores de Edad””; el Artículo 2 de la Ley Núm. 211-2003, conocida como “Ley del “Mes de la Niñez y de la Prevención del Maltrato de Menores””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 80-2024, conocida como “Ley del “Mes de Prevención y Concienciación sobre la Violencia Sexual en Puerto Rico””; enmendar el título y los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 288-2002, conocida como “Ley del “Día Internacional de los Derechos Humanos” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 31-2005, conocida como “Ley del “mes de la Concienciación sobre la Donación de Órganos y Tejidos” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 79-2000, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes del Autismo” y el “Día de la Concienciación sobre el Autismo””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 15-2022, conocida como “Ley del “Mes y el Día de Concienciación de las Infecciones de Transmisión Sexual””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 209-2019, conocida como “Ley para Declarar el “Mes de la Industria Puertorriqueña” y el ‘Día Hecho en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 56-2023, conocida como “Ley del “Día de la Actividad Física en Puerto Rico”; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 27-2003, conocida como Ley núm. 149-2003, conocida como “Ley del “Día Nacional de la Salud”’; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 114 del 24 de junio de 1977, conocida como “Ley del “Día Conmemorativo de Ramón Emeterio Betances””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 363-1999, conocida como “Ley de la “Semana de Prevención de Consumo de Alcohol por Menores””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 10-2024, conocida como “Ley del “Día del Natalicio de Ricardo Alegría””; enmendar los Artículo 2 y 3 de la Ley Núm. 66-2015, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención del Síndrome del Bebé Sacudido””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 61-2004, conocida como “Ley del “Día de la Bandera Caimiteña”; enmendar el segundo Artículo 3, y se enmienda el Artículo 2 de la Ley Núm. 23-2002, conocida como “Ley de la “Semana de la Protección a los Derechos Humanos””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 75-2006, conocida como “Ley del “Día para Garantizar Igual Paga” en Puerto Rico”; enmendar el título, el Artículo 1, el Artículo 2 y el Artículo 10 de la Ley Núm. 85-2017, según enmendada, conocida como “Ley Contra el Hostigamiento e Intimidación o ‘Bullying’ del Gobierno de Puerto Rico” o, “Ley Alexander Santiago Martínez”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 17-2011, conocida como “Ley del “Día Global del Servicio Voluntario Juvenil””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 101-2003, según enmendada, conocida como “Ley para designar la “Semana de la Liga Atlética Policiaca””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 34 del 7 de junio de 1977, conocida como “Ley del “Día del Natalicio de Rafael Martínez Nadal””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 422-2004, conocida como “Ley del “Día de Reconocimiento de los Esfuerzos de Prevención e Intervención del Maltrato de Menores por los Grupos y Organizaciones Privadas, Profesionales y de Base Comunitaria””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 119-2020, conocida como “Ley del “Día de la Lucha contra el Maltrato Infantil”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 98-2023, conocida como “Ley del Día de la Música Coral en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 98-2018, conocida como “Ley del “Día del Diseño Gráfico” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 535-2004, conocida como “Ley del “Día Nacional del Automóvil Antiguo, Clásico y Clásico Modificado de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 94-2007, conocida como “Ley del “Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo”’; enmendar el Artículo 9 de la Ley Núm. 416-2004, según enmendada, conocida como “Ley Sobre Política Pública Ambiental”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 327-2003, conocida como “Ley del “Mes de la Navegación y la Seguridad Marítima en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 115-2020, conocida como “Ley de la “Semana del Bombero Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 80-2024, conocida como “Ley de la “Semana del Barbero y Estilista en Barbería de Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley núm. 116-2022, conocida como “Ley del “Día del Natalicio de José E. Aponte de la Torre; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 50 del 25 de mayo de 1955, según enmendada, conocida como Ley de “La Semana de la Tierra Puertorriqueña””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 187-1999, conocida como “Ley de la “Semana del Pintor Puertorriqueño y de los Artistas de las Artes Plásticas en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 20-2023, conocida como “Ley del “Día Nacional del Mundillo Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 31-2023, conocida “Ley del “Día de la Partería””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 185-2007, conocida como “Ley del “Día del Estudiante Universitario””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm.6-2022, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación sobre la Salud Mental Perinatal””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 265-2008, conocida como “Ley del “Día Mundial de los Huérfanos del SIDA””; reenumerar los artículos 2,3 y 4, y enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 8-2023, conocida como “Ley del “Día del Diseñador de Moda en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 9-1991, conocida como “Ley del “Día Mundial de la Cruz Roja””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 190-2000, conocida como “Ley para Declarar la Conmemoración de Felipe “La Voz” Rodríguez”; enmendar los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 250-2002, conocida como “Ley del “Día de Don Antonio Fernós Isern””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 25 del 11 de marzo de 1915, conocida como “Ley del “Día de las Madres””; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 109-2000, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención y el Control de la Osteoporosis””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 136-2007, conocida como “Ley de la “Semana para la Concienciación de la Enfermedad ALS” (Esclerosis Lateral Amiotrófica)”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 203-1998, conocida como “Ley del “Día del Personal de Enfermería””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 66-2021, conocida como “Ley del “Día de los Empleados Municipales” y la Conmemoración de la “Semana de los Empleados Municipales””; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 50-2005, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación sobre la Fribomialgia”; enmendar las Secciones 1, 2, 3, 4, 5 de la Ley Núm. 113 del 24 de junio de 1971, conocida como “Ley de la “Semana del Contador”’; enmendar los Artículo 2 y 3 de la Ley Núm. 259-2002, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención del Maltrato a las Personas de Edad Avanzada””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 79-2023, conocida como “Ley de la “Semana Nacional The Salvation Army en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 8-2019, conocida como “Ley de la “Semana de la Crianza de los Niños de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 50-1996, conocida como “Ley del “Día del Radioaficionado de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 133-2013, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación sobre el Diagnóstico de Apraxia del Habla Infantil””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 6-2024, conocida como “Ley del “día de la Conciencia sobre el Síndrome de Ehlers-Danlos””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 47 del 12 de junio de 1978, según enmendada, conocida como “Ley del “Día del Natalicio de Juan Morell Campos y de los Compositores Puertorriqueños de Danzas”; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 19-2013, conocida como Ley del “Día de la Concientización sobre la Condición de Angioedema Hereditario””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 68-2019, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación de las Enfermedades Inflamatorias del Intestino””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 113-2015, conocida como “Ley del “Día Conmemorativo del Natalicio de Luis Palés Matos””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 141 del 20 de julio de 1979, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana de la Educación” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 115-2006, conocida como “Ley del “Día de Ramón Ortíz del Rivero (Diplo)”’’; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 74-2021, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación sobre la Esclerosis Múltiple”’’; enmendar enmiendan los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 144-2006, conocida como “Ley del “Día de Recordación de la Masacre de Lod””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 380-2000, conocida como “Ley del “Día del Coleccionista””; enmendar los Artículos 2 y 6 de la Ley Núm. 174-2012, conocida como “Ley del “Mes de la Concienciación de la Paternidad Responsable en Puerto Rico””; enmendar las Secciónes 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley Núm. 158-2019, conocida como “Ley para Declarar el “Mes del Síndrome Tourette” y el “Día de la Concienciación sobre el Síndrome Tourette””; enmendar las Secciónes 1 y 2 de la Ley Núm. 13 del 18 de abril de 1974, según enmendada, conocida como “Ley del “Día de la Juventud””; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 29-2020, conocida como “Ley de la “Semana de la Conciencia sobre Hidradenitis Supurativa””; enmendar el título y los Artículo 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 87-2002, conocida como “Ley del “Día Internacional de las Personas con Impedimentos” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico””; enmendar la Sección 2 de la Ley Núm. 30-1991, conocida como “Ley de la “Semana de la Solidaridad Puertorriqueña””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 253-2008, conocida como “Ley para declarar el 9 de junio de cada año como “Día Conmemorativo del Natalicio del Doctor Santos P. Amadeo””; enmendar el Artículo 3 de la Ley 20-1990, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana de los Pequeños y Medianos Comerciantes Detallistas””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 33-1998, conocida como “Ley del “Día del Periodista Deportivo””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 60-2004, conocida como “Ley de la “Semana del Hipismo Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 18-1997, conocida como “Ley de la “Semana de la Industria Petrolera”, el “Día de los Trabajadores de la Industria Petrolera” y el “Día de los Detallistas de Gasolina””; enmendar enmienda el Artículo 2 de la Ley núm. 22-1996, conocida como “Ley del “Día de la Bandera de los Estados Unidos de América en Puerto Rico””; enmendar enmienda el Artículo 3 de la Ley Núm. 356-1999, conocida como “Ley del “Día de los Padres””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 22-1996, conocida como “Ley de la “Semana del Líder Recreativo””; enmendar los Artículos 1 y 2, y se crea un nuevo Artículo 3 de la Ley Núm. 54 del 30 de mayo de 1979, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana del Vigilante de Recursos Naturales””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 7-2023 conocida como “Ley del “Día del Olimpismo Puertorriqueño’”; enmendar los Artículos 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 127-2003, conocida como “Ley del “Día de la Lucha contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas””; enmendar los Artículos 2 y 4 de la Ley Núm. 175-2004, conocida como “Ley del “Día del Comercio Tradicional de Puerto Rico””; enmendar los Artículos 2 y 4 de la Ley Núm. 224-1998, conocida como “Ley del “Día del Joven Donante de Sangre””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 59-1996 conocida como “Ley del “Día del Festival de las Flores de Aibonito””; enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 59-1996 conocida como “Ley de la “Semana de la Transportación” y el “Premio Luis A. Ferré””; enmendar el título y el Artículo 1 de la Ley Núm. 25 del 25 de mayo de 1978, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana del Legislador Municipal””; derogar la Ley Núm. 81-1994, conocida como “Ley del Día Conmemorativo de Don Gilberto Concepción de Gracia”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 302-2003, conocida como “Ley de la “Ley del “Día de Reflexión sobre la Moral y la Familia”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 233-1996, conocida como “Ley del “Día Oficial del Porteador Público””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm.4-2006, conocida como “Ley del “Día de Enrique Laguerre”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 156-2004, conocida como “Ley del “Día de la Excelencia en el Desarrollo del Quehacer Musical Puertorriqueño””; enmendar el título y los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 68 del 28 de 1976, conocido “Ley del “Día de la Bandera, Himno y Escudo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico””; enmendar las Secciones 1 y 2 de la Ley Núm. 88 del 27 de junio de 1969, según enmendada, conocida como “Ley para Transferir la Fecha de Celebración de Ciertos Días Feriados en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 113-2023, conocida como “Ley del “Día de Concienciación sobre la Hepatitis en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 48-1992, conocida como “Ley del “Día Nacional del Periodista” y la “Semana de la Prensa””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 173-2019, conocida como “Ley del “Mes y el Día de la Historia Deportiva Puertorriqueña””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 91-2015, conocida como “Ley de la “Semana de Concientización y Prevención contra el Virus del Papiloma Humano””; enmendar el título, y los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 93-2003, conocida como “Ley de la “Semana de la Protección y Amparo del Proceso de Gestación Seguro y Saludable en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico””; enmendar el Artículo I. V. 2. de la Ley Núm. 87-2025, conocida como “Código de Lactancia de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 99-2023, conocida como “Ley de la “Semana del Programa de Ayuda al Empleado” y el “Día del Coordinador y Director PAE””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 29-2004, mejor conocida como “Ley del “Día del Arecibeño de los Reyes Correa, el Capitán Correa””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 37-2011, mejor conocida como “Ley del “Día del Corazón Púrpura””; enmendar el título y los el Artículo 1 y 2 de la Ley Núm. 116 del 19 de julio de 1979, según enmendada, conocida como Ley del “Día del Niño” en Puerto Rico”; enmendar enmienda el Artículo 2 de la Ley Núm. 328-2003, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención y Erradicación de las Carreras Clandestinas de Vehículos de motor en las Vías Públicas de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 88-2019, conocida como Ley del “Día del Niño Especial” en Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2 y 4 de la Ley Núm. 15-2023, conocida como “Ley del “Miércoles Naranja”, para Promover que los Ciudadanos Realicen sus Compras Navideñas en Comercios Locales, Pequeños y Medianos Comerciales”; enmendar enmiendan los Artículo 2 y 4 de la Ley Núm. 117-2003, conocida como “Ley de la “Semana del Florista de Puerto Rico”’; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 246-2000, conocida como “Ley del “Día Conmemorativo de las Personas Zurdas en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 86-2008, conocida como “Ley del Día para la Reflexión y Promoción de los Valores Éticos”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 67-1996, conocida como “Ley del “Día de la No Violencia en la Televisión””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 14-2000, conocida como “Ley de la “Fiesta Nacional del Cuatro Puertorriqueño”; enmendar; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 225-2006, conocida como “Ley del “Mes y el Día de la Concientización sobre el Cáncer de Próstata”; enmendar el Artículo 2 y reenumera el segundo artículo 3 a Artículo 4 de la Ley Núm. 219-2011, conocida como “Ley del “Mes de Alerta ni un Disparo al Aire” y el “Día de Alerta ni un Disparo al Aire””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 131-2006, conocida como “Ley del “Mes de la Costura desde el Hogar””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 159-2010, conocida como “Ley del “Mes de la Conciencia y el Conocimiento sobre la Leucemia, Linfoma y el Mieloma””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 66-2012, conocida como “Ley del “Mes de la Paz en Puerto Rico””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 52-2021, conocida como “Ley del “Mes y el Día de la Concienciación de la Enfermedad de Alzheimer””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 102-1994, conocida como “Ley del “día de la Biblia””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 7-A-2002, conocida como “Ley del “Día de la Excelencia del Servicio al Prójimo” en Conmemoración del Natalicio de la Ilustre Figura de Sor Isolina Ferré”; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 9-2023, conocida como Ley del “Día de la Concienciación sobre el Daltonismo en Puerto Rico””; enmendar los Artículo 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 257-2011, según enmendada, conocida como “Ley del “Día de la Conservación del Manatí Caribeño en Puerto Rico” y para Designarlo como el “Mamífero Oficial de Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 262-1999, conocida como Ley del “Día de la Conmemoración de la Obra Artística Musical del Compositor Roberto Cole”; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 162 del 10 de agosto de 1988, conocida como “Ley de la “Semana de la Guardia Nacional””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 270-2002, conocida como “Ley de la “Semana Conmemorativa de los Policías y Bomberos Caídos en el Cumplimiento del Deber en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 149-2006, conocida como “Ley de la “Semana del Técnico de Servicios Sociopenales de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Nm. 263-2011, conocida como “Ley de la “Semana de la Educación de las Artes””; enmendar los Artículo 2 y 3 de la Ley Núm. 267-2011, conocida como Ley del “Día de la Mensajera y el Mensajero den Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 182-1999, conocida como “Ley del “Día de la Conmemoración y Celebración del Natalicio y de la Obra Artística Musical de la Compositora Myrta Silva””; enmendar el título, y los Artículos del 1 al 3 de la Ley Núm. 50-2015, conocida como “Ley del “Día del Empleado con Diversidad Funcional” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 83-2022, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación de la Dermatitis Atópica””; el Artículo 2 de la Ley Núm. 163-2014, conocida como “Ley de la “Semana del veterano(a) Puertorriqueño(a)””; enmendar los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 329-2003, conocida como “Ley del “Día Nacional de Limpieza de Playas””; enmendar las Secciones 1, 2, 3, 4, 5, 6 de la Ley Núm. 153-2019, conocida como “Ley para Designar la “Semana Educativa Pro Turismo en Puerto Rico y el “Día Mundial del Turismo””; enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 181-2014, conocida como “Ley de la “Semana de la Concienciación sobre Derechos de la Comunidad Sorda” y el “Día Nacional del Sordo en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 288-2003, conocida como “Ley de la “Semana del Técnico y Mecánico Automotriz””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 28-2020, conocida como Ley de la “Semana de la Concienciación sobre la Retinitis Pigmentosa””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 269-2006, conocida como “Ley para declarar el cuarto lunes del mes de septiembre de cada año como el “Día de la Familia en la Mesa””; enmendar las Secciones 1 y 2 de la Ley Núm. 86 del 26 de junio de 1969, conocida como “Ley del “Día del Grito de Lares””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm 82-2024, conocida como “Ley del “Día del o de la intérprete en lengua de señas””; enmendar enmiendan los Artículo 1, 2, 3 y 5 de la Ley Núm. 13-2023, conocida como “Ley del “Día Nacional para la Conciencia de la Pérdida y el Desperdicio de Alimentos””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 270-1998, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Salud Mental””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 122-2011, conocida como Ley del “mes de la Orientación y Conciencia Sísmica en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 12-2023, conocida como “Ley del “Mes del Profesional del Trabajo Social” y el “Día del Profesional del Trabajo Social””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 8-1999, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana del Trovador Puertorriqueño y la Trovadora Puertorriqueña””; enmendar los Artículos 3 y 4 de la Ley Núm. 175-2002, conocida como Ley de la “Semana de los Clubes 4-H””; Se deroga la Ley Núm. 173 del 8 de octubre de 2015, conocida como “Ley de la “Semana de la Concienciación sobre la Sensibilidad hacia la Población de Edad Avanzada de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 176-2013, conocida como “Ley del Día del Notariado Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 64-2005, conocida como “Ley del “Día del Oficial de Cumplimiento de las Cooperativas de Ahorro y Crédito””; los Artículos 1 y 2 de la “Ley del Día de Conmemoración del natalicio y de la obra Artística Musical de Ismael Rivera, el Sonero Mayor””; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 135-2003, conocida como “Ley de la “Semana de la industria de Seguros de Puerto Rico””; enmendar los Artículo 1 y 2 de la Ley Núm. 130-1996, conocida como “Ley de la “Semana del Pensionado del Gobierno de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 22-1998, conocida como “Ley de la “Semana de la Medicina Nuclear” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 484-2004, conocida como “Ley del “Día Nacional de Concienciación sobre el Síndrome Down””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 178-2019, conocida como “Ley del “Día de la Recordación por las Víctimas del Derrumbe del Sector Mameyes de Ponce””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 70-2014, conocida como “Ley para Declarar el “Día de la Unidad” con el Fin de Promover la Concienciación en Torno al Acoso Escolar, Laboral y en las Comunidades””; Se deroga la Ley Núm. 66-2019, conocida como “Ley del “Día de la niña” en Puerto Rico; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 26-1998, conocida como “Ley del “Día del Educador Retirado””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 97-1999, conocida como Ley de la “Semana de la Mujer de Negocios y Profesiones de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 53-2011, conocida como Ley de la Semana de los Analistas Financieros”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 129-1995, según enmendada, conocida como “Ley del “Día del Bastón Blanco””; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 98-1999, conocida como “Ley del “Día Mundial de la Mujer Rural” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 131-2001, según enmendada, conocida como “Ley del “Día del Cooperativismo Juvenil””; enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 87-2003, conocida como “Ley del “Día internacional para la Erradicación de la Pobreza””; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 139-2001, conocida “Ley del “Día de las Naciones Unidas””; enmendar la Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 152-2019, conocida como “Ley del “Día de la Educación sobre Cambio Climático en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 154-2019, “Ley del “Día de la Genealogía Puertorriqueña””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 109-2015, conocida como “Ley del “Día de Concienciación sobre la Espina Bífida e Hidrocefalia en Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 21-2023, conocida como “Ley del “Día de la Mentoría””; enmendar las Secciones 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 5 del 5 de marzo de 1971, conocida como “Ley del “Día de Ramón Power y Giralt””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 9-2000, conocida como “Ley de la “Semana de las Telecomunicaciones y la Informática””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 25 del 17 de junio de 1987, conocida como “Ley de la “Semana de Calidad de Vida””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 97-2022, conocida como “Ley del “Día de Concienciación sobre la Psoriasis en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Núm. 15-2010, conocida como “Ley del Mes del Cuidado y Rehabilitación de las Personas con Epilepsia en Puerto Rico”; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 65-1998, conocida como “Ley del “Mes de la música en Puerto Rico “”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 180-1999, conocida como “Ley del “Mes de la Lectura y el Libro en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 29-2000, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención y Educación del Manejo del Asma y sus Síntomas””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 176-2001, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes Contra la Violencia Doméstica””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 134-2010, conocida como “Ley del “Mes de Alerta y Conciencia de la Hipertensión Pulmonar””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 83-2003, conocida como “Ley del “Mes de la Orientación, Prevención, Control y Reducción de la Obesidad””; enmendar los Artículos 2, 3, y 4 de la Ley Núm. 132-2007, conocida como “Ley del “Mes de la Consejería en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 18-2023, conocida como “Ley del “Mes de Cuidadores” y el “Día de Cuidadores” Formales e Informales; Familiares, Amigos o Allegados””; enmendar los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley Núm. 12-2021, conocida como “Ley del “Mes de la Dislexia en Puerto Rico” y el “Día de la Concienciación sobre la Dislexia””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 76-2003, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Educación Especial” y el “Día del Maestro de Educación Especial en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 238-2006, conocida como “Ley de la ‘Semana de las Personas con Sordoceguera en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 221-2012, conocida como “Ley del “Día de la Plena en Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 10 del 19 de mayo de 1982, conocida como “Ley del “Día de Recordación de Pedrín Zorrilla””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 132-2023, conocida como “Ley del “Día de la Lucha contra los Trastornos de la Conducta Alimentaria y de la Ingesta de Alimentos””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 18-2011, conocida como “Ley de la “Semana de Puerto Rico Muévete””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 327-1998, conocida como “Ley de la “Semana del Historiador y el Día del Historiador””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 136-2001, conocida como “Ley del “Día del Escritor Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 135-2008, conocida como “Ley del “Día Nacional Contra el Reflujo Gastroesofágico””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 13-2008, conocida como “Ley de la “Semana y el Día del Empleado de Custodia”’; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 469 de 2004, conocida como “Ley de la “Semana de las Personas con Déficit de Atención en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 307-2002, conocida como “Ley de la “Semana del Árbitro” y el “Día del Árbitro””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 50-2002, conocida como “Ley del “Día del Cuatro Puertorriqueño y de Don Tomás Rivera Morales (Maso)”; enmendar los Artículos 2 y 8 de la Ley Núm. 2-2004, conocida como Ley de la Semana de la Solidaridad, de la Rehabilitación, la Reintegración y la Autogestión de las Personas Deambulantes en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 18 del 18 de mayo de 1987, según enmendada, conocida como la “Ley del “Día de No Mas Violencia Contra la Mujer” en Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.PC 938 Senado · Aprobada | 2026-09-24 | Senado | Aprobada | — |
Para añadir un subinciso (ñ) al inciso (3) de la Sección 6.3 del Artículo 6 de la Ley 8-
2017, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y
Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, a los
fines de agrupar y consolidar en una sola Ley, los requisitos aplicables al
reclutamiento y selección de personas con impedimentos cualificados para puestos
regulares del servicio de carrera; reafirmar como política pública el que las
agencias públicas incluyan en su fuerza laboral, como mínimo, un cinco (5) por
ciento de personas con impedimentos cualificadas; enmendar los artículos 2 y 4 de
la Ley 81-1996, conocida como “Ley de Igualdad de Oportunidades de Empleo
para Personas con Impedimentos”, y los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley 219-2006,
según enmendada, conocida como “Ley para Fomentar el Empleo de las Personas
con Impedimentos Cualificadas en las Agencias, Dependencias y Corporaciones
Públicas de Puerto Rico”, con el propósito de atemperar ambas leyes con la
presente; y para otros fines relacionados.PS 1484 Senado · En comisión | 2026-09-24 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar a la Comisión de la Región Sur realizar una exhaustiva investigación sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de Guayama, Arroyo, Salinas, Aibonito, Cidra, Cayey, Coamo, Santa Isabel, Villalba, Ponce, Juana Díaz, Peñuelas, Guayanilla, Yauco y Guánica; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; y de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía; sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias, corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a municipios bajo su jurisdicción; además, sobre cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a las poblaciones de los municipios bajo su jurisdicción; evaluación de la implementación de los programas según los objetivos para los que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a las poblaciones bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y para otros fines relacionados.RC 103 Senado · Aprobada | 2026-09-24 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-24 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-23 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-23 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-22 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-22 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-22 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-22 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-21 | Senado | En comisión | — |
Para crear la "Ley del Programa de Apoyo Económico al Cuidador Familiar de Personas con Trastornos del Espectro Autista"; establecer un programa adscrito al Departamento de la Familia, a través de la Administración de Familias y Niños, que provea una compensación económica mensual a la madre, padre, tutor o encargado que, por razón del cuidado continuo que requiere una persona con Trastornos del Espectro Autista bajo su custodia, se ve impedido de ejercer un empleo remunerado fuera del hogar; disponer los criterios de elegibilidad, el procedimiento de solicitud y la administración del Programa; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 82-2023, según enmendada, conocida como "Ley sobre la Política Pública del Cuidado Informal de Puerto Rico", a los fines de aclarar que la madre, padre, tutor o encargado de un menor con Trastornos del Espectro Autista cuyas necesidades de cuidado excedan las propias de su etapa de desarrollo es un cuidador informal a todos los fines de dicha Ley; ordenar a la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia establecer por reglamento una exención al requisito de participación laboral del Programa de Ayuda Temporal para Familias Necesitadas en favor de dichos cuidadores; ordenar a la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico evaluar y gestionar ante el Gobierno federal mecanismos para financiar con fondos de Medicaid servicios de cuidado en el hogar provistos por familiares; y para otros fines relacionados.PC 1446 Senado · En comisión | 2026-09-21 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-21 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
Para enmendar los Artículos 97, 98, 389, 406, 411, 580, 595, 655, 658, 682 y 1641; y derogar
los Artículos 107, 381, 382 y 639 al 652, ambos inclusive, de la Ley 55-2020, según
enmendada, conocida como el “Código Civil de Puerto Rico de 2020”; y para otros
fines relacionados; enmendar el Artículo 2 de la Ley 338-1998, según enmendada,
conocida como la “Carta de los Derechos del Niño”; enmendar el Artículo 4 del
Código de Comercio de 1932, según enmendado; enmendar el inciso (a) del Artículo
2 de la Ley 296-2012, según enmendada, conocida como la “Ley Uniforme de
Procedimientos de Protección y Jurisdicción en Casos de Tutela de Adultos de Puerto
Rico”; y enmendar los Artículos 1, 2, 4 y 6, enmendar y reenumerar los Artículos 2, 3,
4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 como los Artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la
Ley 176-2008, según enmendada, conocida como la “Ley para el Acceso a los Servicios
Esenciales de las Personas con Impedimentos Significativos, Mayores de 21 Años”, a
los fines de establecer la mayoría de edad a los dieciocho (18) años; armonizar el
ordenamiento jurídico con dicho cambio y para otros fines relacionados.PS 1245 Senado · Aprobada | 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-21 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-21 | Senado | En comisión | — |
Para establecer la “Ley para la Reforma de Licencias Ocupacionales de Puerto Rico”, con el propósito de simplificar el ejercicio de algunas ocupaciones mediante la eliminación de requisitos obsoletos que encarecen la actividad laboral, impidiendo a individuos productivos encontrar empleo al concluir sus estudios o establecer pequeñas empresas en la Isla; añadir un inciso (z) al Artículo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales”(“DRNA”), con el fin de facultar al Secretario del DRNA a adoptar reglamentación en cuanto a la ocupación y certificación de Operadores de Plantas de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas; derogar la Ley Núm. 53 del 13 de julio de 1978, según enmendada, conocida como “Ley para la Certificación de los Operadores de Sistemas y/o Plantas de Tratamiento, de Agua Potable y de Aguas Usadas”; derogar la Ley Núm. 99 del 30 de junio de 1975, según enmendada, conocida como “Ley de Técnicos en Electrónica de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 125 de 8 de junio de 1973, según enmendada; derogar la Ley Núm. 54 de 21 de mayo de 1976, según enmendada; derogar la Ley Núm. 146 de 27 de junio de 1968, según enmendada; derogar la Ley Núm. 431 de 15 de mayo de 1950, según enmendada; derogar la Ley Núm. 204 de 8 de agosto de 2008, según enmendada, conocida como “Ley para la Creación de la Junta Reglamentadora de Relacionistas de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2; derogar los Artículos 3 al 14, 16 y 26; enmendar y reenumerar los Artículos 15 y 17; y reenumerar los Artículo 18 al 27 de la Ley Núm. 134 de 15 de julio de 1986, según enmendada, conocida como “Ley de Actores de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.PS 275 Senado · Aprobada | 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar a la Comisión de Gobierno realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la creación, modificación, desempeño, división, consolidación, integración y supresión de agencias del Gobierno de Puerto Rico; legislación que afecte a la Oficina propia del Gobernador y las oficinas, departamentos y agencias gubernamentales; legislación relacionada a las leyes de personal y gobierno en general; la gestión de la digitalización del gobierno en la administración pública; alcanzar un nivel óptimo de eficiencia mediante la maximización de las tecnologías de información y comunicación; el intercambio de información entre las entidades gubernamentales y la ciudadanía; el acceso a la información en el Gobierno; legislación de carácter general que incida sobre el gobierno estatal; la evaluación de las propuestas y formulación de la política energética de la Isla, especialmente aquella dirigida a la reducción de la dependencia en los combustibles de fuentes fósiles y el fomento en la creación y uso de combustible orgánico, el uso de tecnología de fuentes renovables, la autosuficiencia energética; todo asunto concerniente a la Autoridad de Energía Eléctrica, que incluya, sin que se entienda como una limitación, los contratos, infraestructura, operación, capacidad de generación, productividad, desempeño, costos, creación de empleos y reducción de tarifas; sobre todo asunto relacionado con el Código Electoral; sobre toda actual y potencial legislación electoral; y para otros fines relacionados.RC 42 Senado · Aprobada | 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el grado de implantación del Programa de Apoyo a las Familias de personas con Trastornos del Espectro Autista que ordena el Artículo 10 de la Ley Núm. 163-2024, conocida como "Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista"; determinar la disponibilidad real de los servicios de respiro, cuidado prolongado, ama de llaves, apoyo psicológico y cuido diurno en cada región del País; identificar las ayudas económicas y de apoyo disponibles para las madres, padres y encargados que no pueden trabajar fuera del hogar por razón del cuidado continuo que requieren sus hijos; evaluar la aplicación de la Ley Núm. 82-2023, según enmendada, a dichos cuidadores; y para otros fines relacionados.RC 805 Senado · En comisión | 2026-09-21 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por
virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de
Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de dicha Ley
y su reglamentación, la concesión de un usufructo, la extensión del contrato de
arrendamiento vigente, un contrato de arrendamiento a largo plazo o cualquier otro
negocio jurídico autorizado por ley que garantice la continuidad de los servicios
comunitarios que actualmente presta la organización sin fines de lucro Ministerio
Buen Samaritano, MARC Marcos A. Rivera Córdoba, Inc., en las instalaciones de la
antigua Escuela Centro Comunal Miss Kelly, ubicadas en la Carretera 670, Kilómetro
6, Hectómetro 5, Sector Miss Kelly, Barrio Algarrobo del Municipio de Vega Baja; y
para otros fines relacionados.RCS 192 Senado · Aprobada | 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
Para crear la Compañía de Turismo de Puerto Rico como una Corporación Pública del Gobierno de Puerto Rico; establecer las funciones generales de la Corporación y las facultades y funciones del Director Ejecutivo; establecer las divisiones operacionales de la Compañía; disponer para la administración de personal; proveer para la transferencia de programas adscritos a la Compañía; establecer disposiciones generales; proveer para la integración de funciones; transferir fondos para los gastos de organización y funcionamiento; establecer la vigencia y disposiciones de medidas transitorias necesarias para la creación; enmendar el Artículo 5 del Plan de Reorganización 4-1994; enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 46, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 60 y 61 de la Ley 272-2003, según enmendada, conocida como “Ley de Impuesto sobre el Canon por Ocupación de Habitación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar las Secciones 1020.01, 1020.05, 2051.01, y 2052.02 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”; enmendar los Artículo 2.01 de la Ley 351-2000, según enmendada, conocida como “Ley del Distrito del Centro de Convenciones de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 125-2016, conocida como la “Ley de Regionalización Turística de Puerto Rico”; enmendar el inciso (p) del Artículo 4 de la Ley Núm. 73-2019, según enmendada, conocida como la “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”; derogar las leyes Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como la “Ley de la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio del Gobierno de Puerto Rico”, Núm. 158-2005, según enmendada, conocida como “Ley del Destino Turístico Porta del Sol-Puerto Rico”, y Núm. 54-2009, según enmendada, conocida como “Ley del Distrito Especial Turístico de la Montaña”; y para otros fines relacionados.PC 822 Senado · Aprobada | 2026-09-18 | Senado | Aprobada | — |
Para enmendar los articulos 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 de la Ley 166-1995, según enmendada,
conocida como la "Ley del Programa de Desarrollo Artesanal", a los fines de
transferirle al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, la responsabilidad
de facilitar lineas de garantia o crédito para la concesión de préstamos, incentivos, o
cualquier otra ayuda económica a la clase artesanal para el establecimiento,
operación, ampliación o mejoramiento de talleres de produccióry elaboración y
confección de artesanias; hacer correcciones técnicas en la Ley, conforme al estado de
derecho acfual; y para otros fines relacionados.PS 183 Senado · Aprobada | 2026-09-18 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-17 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-17 | Senado | Aprobada | — |
Para expresar el reclamo formal de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico al Congreso
de los Estados Unidos para que revise y enmiende la Ley Pública 114-187, conocida
como “Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act” o
“PROMESA”, a los fines de acelerar y completar la terminación de la Junta de
Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico mediante un Plan
Federal de Terminación con criterios objetivos, fechas, métricas, validación
independiente y una fase obligatoria de reducción progresiva de funciones y costos;
requerir determinaciones oportunas sobre el cumplimiento de los requisitos de la
Sección 209, incluyendo el tratamiento de los Años Fiscales 2026 y 2027; establecer
una fecha objetivo de terminación y mecanismos que impidan la continuación
indefinida de la supervisión; disponer una transición ordenada para cualquier
asunto residual bajo PROMESA; solicitar que, de determinarse necesaria la
permanencia de la Junta durante cualquier período adicional, sus gastos sean
sufragados con fondos federales y no con recursos del erario de Puerto Rico; requerir
rendición final de cuentas, devolución de balances territoriales no comprometidos y
transferencia de conocimientos, datos y herramientas fiscales; reafirmar el
compromiso de Puerto Rico con la responsabilidad fiscal, la transparencia
presupuestaria y el acceso responsable a los mercados de capital; y para otros fines
relacionados.RKS 20 Senado · En comisión | 2026-09-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-15 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-15 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-15 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-14 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-14 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-14 | Senado | En comisión | — |
Para enmendar los artículos 4 y 8, añadir un nuevo Artículo 12, y reenumerar los actuales
artículos 12, 13, 14 y 15, como los artículos 13, 14, 15 y 16, respectivamente, en el Ley
147-2011, conocida como “Ley de Nuevo Modelo de Vivienda Cooperativa de
Puerto Rico”, con el propósito de corregir cualquier interpretación restrictiva,
proteger la diversidad de modelos cooperativos, y fortalecer la política pública de
vivienda digna, participativa y solidaria en Puerto Rico; y para otros fines
relacionados.PS 1224 Senado · Aprobada | 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-14 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado al
amparo de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de
Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar la posibilidad de transferir al Municipio de
Lares, libre de costo o a través de cualquier otro negocio jurídico, incluyendo el
usufructo, la titularidad del terreno y la estructura de la antigua Escuela Piletas Arce,
localizada en la Carretera PR-129, Ramal 4453, Km. 2 Hm. 8 de dicho municipio, para
que sea utilizada por la Asociación Comunitaria Piletas Arce, Inc., como centro
comunal; y para proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios y
agrícolas en beneficio de la comunidad.RCS 164 Senado · Aprobada | 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-10 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) realizar y presentar un Informe sobre el Gasto Tributario Municipal en Puerto Rico, que identifique, cuantifique y analice las exenciones, exoneraciones, créditos, incentivos, deducciones, descuentos y demás mecanismos que reduzcan o eliminen ingresos provenientes de impuestos municipales; establecer que dicho informe deberá presentarse dentro de un término de seis (6) meses a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta; disponer que los gastos razonables y necesarios para la preparación del informe serán sufragados con cargo a la cantidad de sesenta y seis millones de dólares ($66,000,000) reservada del Fondo de Consolidación Municipal, conforme a la Sección 21 del presupuesto vigente y al Plan Fiscal Certificado de 2023; y para otros fines relacionados.RCC 398 Senado · En comisión | 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado al amparo de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar la viabilidad de transferir a la organización sin fines de lucro Piñones Aprende y Emprende (P.A.Y.E.), la titularidad del terreno y la estructura de la antigua Escuela Elemental Emiliano Figueroa, localizada en la Carretera Estatal PR-187, Km. 8.2, del Sector Piñones, del Barrio Torrecilla Baja, en el Municipio de Loíza, Puerto Rico; o, en su alternativa, concederle el usufructo de dicha propiedad u otorgar cualquier otro negocio jurídico permitido por ley por un término mayor de diez (10) años, con el propósito de destinar las instalaciones al desarrollo de proyectos de impacto social y a la prestación de servicios públicos que contribuyan al desarrollo integral, bienestar y fortalecimiento de las comunidades circundantes; de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos aplicables; y para otros fines relacionados.RCC 399 Senado · En comisión | 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos a establecer y mantener
en su portal oficial de Internet una sección dirigida a los jóvenes trabajadores de
Puerto Rico, accesible mediante un enlace visible desde la página principal; disponer
que dicha sección centralice información relacionada con derechos laborales,
empleo de menores, oportunidades de empleo, internados, programas de
adiestramiento y capacitación, seguridad ocupacional y programas estatales y
federales dirigidos a la juventud; autorizar al Departamento a coordinar con otras
agencias, municipios, instituciones educativas y entidades públicas o privadas para
el cumplimiento de esta Resolución Conjunta; disponer que su implantación se
realice, en la medida posible, utilizando los recursos, personal e infraestructura
tecnológica existentes; establecer un término para la creación de dicha sección;
requerir la presentación de un informe de cumplimiento a la Asamblea Legislativa;
y para otros fines relacionados.RCS 212 Senado · En comisión | 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-09 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-09 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-08 | Senado | Aprobada | — |
Para enmendar la Sección 5 de la R. del S. 548, la cual ordena a la Comisión de
Innovación, Reformas y Nombramientos a realizar una investigación exhaustiva
sobre las alegaciones contenidas en la querella radicada el 15 de junio de 2026 por el
ex Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), Lcdo.
Sebastián Negrón Reichard, y remitida al Senado de Puerto Rico, en torno a
presunta comisión de delito, presuntas intervenciones indebidas, posibles conflictos
de interés y otras violaciones de ley por parte del Secretario de la Gobernación,
Lcdo. Francisco Domenech, la Subsecretaria de la Gobernación, Lcda. Itza García, y
otros funcionarios e individuos; todo ello en relación, además, con los asuntos y la
información que permanecen pendientes ante la Comisión Total del Senado de
Puerto Rico constituida para examinar la conducta del Lcdo. Francisco Domenech; y
para otros fines relacionados.RS 592 Senado · Aprobada | 2026-09-08 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano; y de Desarrollo
Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del
Senado de Puerto Rico, a realizar una investigación exhaustiva sobre la incidencia
criminal que afecta a turistas y visitantes en las zonas hoteleras y turísticas de Puerto
Rico, particularmente en los municipios de San Juan y Carolina, así como evaluar
los planes de seguridad, la coordinación interagencial entre la Policía de Puerto
Rico, las Policías Municipales de San Juan y Carolina, la Compañía de Turismo, el
Departamento de Seguridad Pública y demás componentes de orden público, la
asignación y utilización de recursos destinados a la vigilancia preventiva en dichas
zonas, y las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los visitantes y
proteger la imagen de Puerto Rico como destino turístico seguro.RS 594 Senado · En comisión | 2026-09-08 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-04 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-04 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-03 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-03 | Senado | En comisión | — |
Para crear la “Ley para el Rescate del Fondo de la Ley 140-2014 y su Aportación al
Fideicomiso para el Retiro de la Policía”, a los fines de ordenar al Secretario de
Hacienda la certificación del balance acumulado en el Fondo para el Mejoramiento
Tecnológico, Profesional y Laboral de la Policía de Puerto Rico, incluyendo los
intereses devengados; ordenar la transferencia de dicho balance, como aportación
especial, única y no recurrente, al corpus del Fideicomiso para el Retiro de la
Policía, creado al amparo de la Sección 92 de la Ley 40-2020, según enmendada,
conocida como “Ley del Fideicomiso para el Retiro de la Policía”; disponer sobre
el uso, la administración y la constancia de dicha aportación; establecer el trámite
de cumplimiento con la Sección 204 de la Ley Pública 114-187, conocida como
“Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act” (PROMESA);
derogar la Ley 140-2014, conocida como “Ley para el Mejoramiento Tecnológico,
Profesional y Laboral de la Policía de Puerto Rico”, disponiéndose expresamente
la preservación del balance acumulado y su no reversión al Fondo General; y para
otros fines relacionados.PS 1446 Senado · En comisión | 2026-09-03 | Senado | En comisión | — |
Para enmendar el Artículo 3.3 de la Ley Núm. 2-2018, según enmendada, conocida
como el “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”, a los fines de
incorporar al Código de Ética para Contratistas, Suplidores y Solicitantes de
Incentivos Económicos del Gobierno de Puerto Rico una prohibición absoluta de
honorarios contingentes relacionados con la contratación pública; y para añadir un
inciso (f) al Artículo 4.3 de la Ley Núm. 1-2012, según enmendada, conocida como
la “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico” a los fines
de prohibir esa práctica e imponer responsabilidades; para enmendar el Artículo
2.014 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como el “Código
Municipal de Puerto Rico”, a los fines de hacer extensiva dicha prohibición a la
contratación municipal; establecer una definición uniforme del concepto de
“honorario contingente”; prohibir el pago, ofrecimiento, solicitud o aceptación de
fondos, comisiones, porcentajes, corretajes, honorarios u otras remuneraciones o
beneficios de valor económico, cuyo pago esté condicionado al éxito en obtener,
procurar, gestionar, facilitar o asegurar la adjudicación, enmienda, extensión,
permuta o renovación de un contrato gubernamental o municipal; establecer
certificaciones obligatorias, remedios contractuales, administrativos, éticos y
penales; y otros fines relacionados.PS 1447 Senado · En comisión | 2026-09-03 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-03 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-03 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio del Gobierno de
Puerto Rico, en coordinación con Invest Puerto Rico, Inc., desarrollar e implementar
la iniciativa “Do Business in Puerto Rico”, dirigida a utilizar los principales puntos
de entrada de pasajeros a Puerto Rico como espacios estratégicos para promover la
inversión, el establecimiento y expansión de empresas y el desarrollo económico en
la Isla; disponer para el uso de rotulación, códigos de respuesta rápida y
herramientas digitales que faciliten el acceso a información sobre incentivos,
oportunidades de inversión, municipios, infraestructura, sectores económicos,
talento, instituciones de educación superior y permisos; establecer mecanismos
para la captación y atención de potenciales inversionistas; disponer para la
medición de resultados; y para otros fines relacionados.RCS 209 Senado · En comisión | 2026-09-03 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-03 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-02 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-02 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar a la Comisión de la Región Este Central de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar un amplio y continuo análisis sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de los municipios de Caguas, Humacao, Yabucoa, Maunabo, Patillas, Las Piedras, Juncos, San Lorenzo y Gurabo; evaluar la efectividad de los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; verificar la calidad de los servicios que prestan los gobiernos municipales de referencia a su ciudadanía; revisar el uso y manejo de fondos estatales y federales asignados a las agencias y corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a los municipios de Caguas, Humacao, Yabucoa, Maunabo, Patillas, Las Piedras, Juncos, San Lorenzo y Gurabo; cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, provenientes de fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a la población de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluar la implementación de los programas para los que fueron asignados los fondos públicos; evaluar auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que
impacten directamente a la población bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando visitas de campo y la participación directa de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y para otros fines relacionados.RC 120 Senado · Aprobada | 2026-09-02 | Senado | Aprobada | — |
Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley Núm. 51 de 29 de mayo de 1970, según enmendada, conocida como “Ley de Animales de Asistencia para Personas con Impedimentos”; y añadir nuevos Artículos 6, 7, 8, 9 y 10 a dicha Ley; a los fines de actualizar y fortalecer los derechos de acceso de las personas con impedimento que utilizan animales de asistencia; armonizar sus disposiciones con los estándares federales aplicables, incluyendo la Americans with Disabilities Act (ADA); eliminar la exigencia de tarjeta, documento, chapa, registro u otro comprobante como condición de acceso; ampliar el ámbito de protección para incluir transportación mediante plataformas digitales, lugar de empleo e instituciones educativas; establecer derechos específicos de vivienda para personas con impedimento que utilizan animales de asistencia; establecer un mecanismo de querellas, fiscalización, multas y sanciones disuasivas; designar las agencias responsables de hacer cumplir la Ley; disponer capacitación periódica al personal que interactúa con el público; aclarar que nada en esta Ley menoscaba los derechos reconocidos bajo la Fair Housing Act, la Sección 504 y otras leyes federales especiales; y para otros fines relacionados.PC 1409 Senado · En comisión | 2026-09-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-01 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-01 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-01 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-01 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar a la Autoridad de Edificios Públicos transferir a la entidad sin fines de lucro Juventud con una Misión, Puerto Rico (JUCUM Urbano Puerto Rico), por el precio nominal de un dólar ($1.00) o mediante el negocio jurídico que recomiende el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, el terreno y la estructura que comprende la antigua escuela Intermedia Martín González, sita en la Urbanización Metrópolis del Municipio de Carolina, registrada con el Identificador de Propiedad (ID) 2742 en la Autoridad de Edificios Públicos y con el Número de Identificador 65357 en el Departamento de Educación, con el fin de que se utilice para la capacitación, entrenamiento y movilización de personas, especialmente niños, adolescentes, jóvenes y familias, hacia el trabajo social y voluntario, y la práctica del deporte, el arte, actividades educativas, de misericordia, y de fe.RCC 98 Senado · Aprobada | 2026-08-31 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-27 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar a la Comisión de la Región Central realizar una exhaustiva investigación sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de los municipios de Lares, Adjuntas, Utuado, Jayuya, Ciales, Morovis, Orocovis, Corozal, Barranquitas, Naranjito y Comerío; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; sobre los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía; sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias, corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a municipios bajo su jurisdicción; sobre cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a las poblaciones de los municipios bajo su jurisdicción; sobre la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a las poblaciones bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y para otros fines relacionados.RC 87 Senado · Aprobada | 2026-08-25 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-24 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-24 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-24 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-24 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-24 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-24 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-21 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-21 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca,
Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico realizar una
investigación exhaustiva sobre el flujo, tratamiento legal, tratamiento operacional,
aceptación, validación, fiscalización y uso de los poderes, mandatos, autorizaciones y
demás instrumentos análogos utilizados para efectuar transacciones bancarias,
cooperativistas, de seguros o financieras por cuenta de terceros, particularmente en
los casos que involucran a adultos mayores y adultos con impedimentos; evaluar la
suficiencia del marco jurídico vigente y de los protocolos institucionales aplicables;
examinar los riesgos asociados a la explotación financiera, apropiación indebida,
abuso de confianza y uso excesivo o desviado de dichos instrumentos; y rendir un
informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones, incluyendo
recomendaciones legislativas y administrativas.RS 534 Senado · En comisión | 2026-08-21 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-21 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-20 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-19 | Senado | Ley | — |
| 2026-08-18 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-18 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
Para enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 97 de 19 de junio de 1968, según enmendada, y conocida como “Ley de los Salarios y Emolumentos para los Miembros de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de establecer un tope de cinco mil (5,000) dólares por año fiscal por concepto de gastos de viajes oficiales y establecer las exigencias y parámetros para someter a la Secretaría de los respectivos Cuerpos un informe de gastos detallado, con recibos anejados, para que el reembolso sea discutido en pleno y aprobado por la mayoría parlamentaria; eliminar el Artículo 6 que disponía una asignación de dos mil quinientos (2,500) dólares por concepto de llamadas telefónicas; enmendar el Artículo 7, renumerarlo a 6 en aras de establecer un tope de quinientos (500) dólares por concepto de correo postal por año fiscal y el destino del remanente; enmendar el Artículo 8, renumerarlo a 7, para establecer las exigencias y parámetros para someter a la Secretaría de los respectivos Cuerpos un informe de millaje con fotografía como evidencia anejadas para que el reembolso sea discutido en pleno y aprobado por la mayoría parlamentaria y permitir ajustes ante las realidad de cambio del precio por combustible; y para otros fines relacionados.PC 1359 Senado · En comisión | 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
Para añadir un nuevo Artículo 8 y reenumerar los Artículos 8, 9, 10 y 11 como los nuevos Artículos 9, 10, 11 y 12, respectivamente, de la Ley 16-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Igualdad Salarial de Puerto Rico"; añadir un nuevo inciso (j) al Artículo 10 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como "Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019"; a los fines de crear el Programa de Auditoría de Igualdad Salarial, con el objetivo de establecer un mecanismo de fiscalización continua a los proveedores y contratistas del Gobierno de Puerto Rico que garantice el cumplimiento de la política pública de igualdad salarial entre mujeres y hombres, al tiempo que promueve la transparencia y la adopción de buenas prácticas laborales en las relaciones comerciales entre el gobierno y el sector privado; y para otros fines relacionados.PC 390 Senado · En comisión | 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
Para enmendar la Sección 2091.01 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de eliminar el requisito de pauta, distribución o exhibición comercial al público en general fuera de Puerto Rico para los proyectos fílmicos que comprendan series en episodios, mini series, y programas de televisión de naturaleza similar, incluyendo pilotos y aquellos producidos para distribución digital y para proyectos de televisión, incluyendo pero sin limitarlo a programas de tele-realidad, conocidos en inglés como “reality shows”, de entrevistas, noticiosos, programas de juegos, entretenimiento, comedia y aquellos dirigidos a niños y de variedad, y para otros fines relacionados.PC 443 Senado · Aprobada | 2026-08-17 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-17 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-17 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
Para enmendar el Artículo 6; añadir un nuevo Artículo 10 y reenumerar los actuales Artículos 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 como Artículos 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la Ley 40-2024, conocida como “Ley de Ciberseguridad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de ampliar las funciones de la Oficina de Seguridad Cibernética para incluir la promoción del desarrollo económico en el campo de la ciberseguridad y la tecnología de la información; establecer un Programa de Certificación y Formación Técnica en Ciberseguridad dirigido a estudiantes y pequeñas y medianas empresas (PyMEs); y para otros fines relacionados.PS 527 Senado · En comisión | 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-17 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar a la Comisión de Agricultura de la Cámara de Representantes a realizar una investigación sobre la política pública de la actual administración gubernamental, en lo que concierne a la asignación de recursos presupuestarios, así como de incentivos, créditos, deducciones y otros beneficios contributivos destinados a actividades agrícolas, con el objetivo de comparar la cuantía y proporción de dichos recursos presupuestarios y beneficios contributivos que se canalizan a empresas biotecnológicas que llevan a cabo investigaciones en nuestros suelos para el desarrollo de semillas transgénicas y otras actividades que utilizan la manipulación genética, vis-a-vis los recursos presupuestarios y beneficios contributivos que se asignan y se distribuyen a actividades de agricultura tradicional, así como a actividades de agricultura orgánica y agroecología, que realizan agricultores, agrónomos, cooperativas agrícolas, y agro-empresarios puertorriqueños.RC 754 Senado · En comisión | 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva y abarcadora sobre el proceso de solicitud de propuestas, evaluación, adjudicación, contratación, ejecución y fiscalización del contrato para el proyecto de generación temporera de cuatrocientos (400) megavatios (MW) en la Central Aguirre de Salinas, suscrito entre la Autoridad de Energía Eléctrica y el consorcio liderado por la empresa Power Expectations, con un valor máximo estimado de aproximadamente cinco mil ochocientos millones de dólares ($5,800,000,000); incluyendo, sin que se entienda como una limitación, las alegaciones de la empresa Enchanted Rock (ERock) sobre el uso no autorizado de su nombre y de la firma de uno de sus ejecutivos en los documentos del proceso de contratación; las irregularidades y la falta de transparencia señaladas en el proceso conducido por la Oficina de Compras por Terceros (3PPO) de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas; el incumplimiento de los hitos y términos contractuales, la falta de presentación de la fianza de cumplimiento y las demoras en la movilización e implementación del proyecto; y para otros fines relacionados.RC 769 Senado · En comisión | 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y Reglamento, la transferencia, por compraventa, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Gobierno Municipal de Mayagüez el inmueble, otrora Escuela de Nivel Elemental denominada Castillo en el Municipio de Mayagüez , identificado y marcado por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) con los dígitos 259-066-008-01 como registro catastral; con el propósito de ejecutar en dicha edificación un proyecto integral para elaborar e implementar programas que beneficien a la comunidad mediante un convenio con la misma y así llevar a cabo actividades de desarrollo deportivo, recreativo y educativo, dirigido a niños, jóvenes y adultos; igualmente, servicios sociales esenciales, programas de bienestar social y desarrollo comunitario, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; establecer condiciones suspensivas para cualquier transferencia de título; y para otros fines relacionados.RCC 380 Senado · En comisión | 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
Para expresar el más enérgico repudio de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico al desarrollo del denominado “Proyecto Esencia”, propuesto por Cabo Rojo Land Acquisition, LLC en el Barrio Boquerón del Municipio Autónomo de Cabo Rojo, en su configuración, escala e intensidad actualmente propuestas; repudiar la concesión de incentivos y exenciones contributivas ascendentes a aproximadamente cuatrocientos noventa y ocho millones de dólares ($498,000,000) a un desarrollo predominantemente residencial de lujo, sin que se haya demostrado un beneficio público proporcional para el Municipio Autónomo de Cabo Rojo y para Puerto Rico; repudiar la negativa del proponente a producir la información requerida mediante requerimiento legislativo; consignar que la aprobación de la Consulta de Ubicación núm. 2026-693109-CUB-013470 no constituye una autorización final de construcción u operación; exhortar a las agencias, instrumentalidades, corporaciones públicas y entidades concernidas a abstenerse de emitir autorizaciones finales mientras no se demuestre, mediante evidencia técnica, científica, documental y fiscal verificable, la disponibilidad sostenible del recurso de agua, la capacidad energética, el manejo de desperdicios sólidos, la suficiencia de las rutas de acceso y evacuación, el cumplimiento ambiental y arqueológico y la razonabilidad fiscal del proyecto; y para otros fines relacionados.RCC 386 Senado · En comisión | 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-17 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-15 | Senado | Aprobada | — |
Para añadir un subinciso (ñ) al inciso (3) de la Sección 6.3 del Artículo 6 de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de agrupar y consolidar en una sola Ley, los requisitos aplicables al reclutamiento y selección de personas con impedimentos cualificados para puestos regulares del servicio de carrera; reafirmar como política pública el que las agencias públicas incluyan en su fuerza laboral, como mínimo, un cinco (5) por ciento de personas con impedimentos cualificadas; enmendar los artículos 2 y 4 de la Ley 81-1996, conocida como “Ley de Igualdad de Oportunidades de Empleo para Personas con Impedimentos”, y los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley 219-2006, según enmendada, conocida como “Ley para Fomentar el Empleo de las Personas con Impedimentos Cualificadas en las Agencias, Dependencias y Corporaciones Públicas de Puerto Rico”, con el propósito de atemperar ambas leyes con la presente; y para otros fines relacionados.PS 510 Senado · Aprobada | 2026-08-15 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-15 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-14 | Senado | Ley | — |
Para ordenar a la Comisión del Trabajo y Relaciones Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, a investigar la viabilidad de establecer, en el servicio público, una compensación mínima de diez dólares con cincuenta centavos ($10.50) por hora; examinar el impacto legal, fiscal, presupuestario y administrativo de esa política pública; identificar cuántos empleados devengan actualmente menos de esa cantidad; determinar en qué agencias, municipios, corporaciones públicas, instrumentalidades y demás entidades gubernamentales laboran; evaluar el efecto sobre los planes de clasificación y retribución, las leyes habilitadoras, los convenios colectivos, los fondos recurrentes y la compresión salarial; y para otros fines relacionados.RC 725 Senado · En comisión | 2026-08-12 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-12 | Senado | En comisión | — |