| 2026-09-24 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-24 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-24 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-23 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
Para enmendar el inciso (2) del apartado (a) de la Sección 2054.05 del Subcapítulo D del
Capítulo 5 del Subtítulo B de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como
“Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; adicionar un inciso (22) al
apartado (a) del Artículo 10 de la Ley Núm. 4 de 11 de octubre de 1985, según
enmendada, conocida como “Ley de la Oficina del Comisionado de Instituciones
Financieras’; adicionar un nuevo inciso (e) al Artículo 3; redesignar los actuales
incisos (e) a (m) como nuevos incisos (f) a (n) del Plan de Reorganización Núm. 3 de
22 de junio de 1994, según enmendado, que establece el Departamento de Hacienda,
a fin de disponer que los fondos que se otorgarán a los herederos, legatarios o
beneficiarios del causante, serán con el objetivo de pagar los gastos funerarios y
cuentas corrientes; establecer que en la negativa de las instituciones financieras de
desembolsar dichos fondos, tendrán la potestad de instar un proceso de queja ante
el Comisionado de Instituciones Financieras, quien dispondrá reglamentariamente,
en coordinación con el Secretario de Hacienda, normas uniformes a seguir para este
fin, incluyendo moratorias de pago y una campaña informativa dirigida a
concienciar sobre los procesos acogidos a estos efectos; y realizar correcciones
gramaticales.PS 1166 Senado · En comisión | 2026-09-21 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-21 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-21 | Senado | En comisión | — |
Para crear la Compañía de Turismo de Puerto Rico como una Corporación Pública del Gobierno de Puerto Rico; establecer las funciones generales de la Corporación y las facultades y funciones del Director Ejecutivo; establecer las divisiones operacionales de la Compañía; disponer para la administración de personal; proveer para la transferencia de programas adscritos a la Compañía; establecer disposiciones generales; proveer para la integración de funciones; transferir fondos para los gastos de organización y funcionamiento; establecer la vigencia y disposiciones de medidas transitorias necesarias para la creación; enmendar el Artículo 5 del Plan de Reorganización 4-1994; enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 46, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 60 y 61 de la Ley 272-2003, según enmendada, conocida como “Ley de Impuesto sobre el Canon por Ocupación de Habitación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar las Secciones 1020.01, 1020.05, 2051.01, y 2052.02 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”; enmendar los Artículo 2.01 de la Ley 351-2000, según enmendada, conocida como “Ley del Distrito del Centro de Convenciones de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 125-2016, conocida como la “Ley de Regionalización Turística de Puerto Rico”; enmendar el inciso (p) del Artículo 4 de la Ley Núm. 73-2019, según enmendada, conocida como la “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”; derogar las leyes Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como la “Ley de la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio del Gobierno de Puerto Rico”, Núm. 158-2005, según enmendada, conocida como “Ley del Destino Turístico Porta del Sol-Puerto Rico”, y Núm. 54-2009, según enmendada, conocida como “Ley del Distrito Especial Turístico de la Montaña”; y para otros fines relacionados.PC 822 Senado · Aprobada | 2026-09-18 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y reglamento, la transferencia mediante compraventa por el valor nominal de un dólar ($1.00) al Municipio de San Germán de la titularidad del inmueble ubicado en la Carretera 348 Km. Hm. 9.1, Barrio Rosario, Municipio de San Germán, identificado y marcado por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) con los dígitos 260-068-001-21 como registro catastral; con el propósito de llevar a efecto un proyecto de desarrollo de agencias municipales que prestan primeros auxilios y servicios sociales esenciales; igualmente, la implantación de un plan estratégico, conjunto el cuerpo policiaco municipal, para proteger a las personas y a la propiedad, mantener y conservar el orden público y, dentro de la esfera de sus atribuciones, compeler obediencia a las leyes y ordenanzas municipales, y reglamentos que conforme a estas se promulguen.RCC 137 Senado · Aprobada | 2026-09-17 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la orientación, objetivos y métodos del sistema público de enseñanza; la reglamentación, supervisión y acreditación de los servicios educativos de escuelas e instituciones privadas; la educación, orientación y rehabilitación vocacional; la difusión de la educación y la cultura; los servicios, becas y ayudas a estudiantes; la reglamentación, acreditación y creación de condiciones que inspiren y mejoren al maestro y el desarrollo de servicios complementarios a la instrucción para su mayor efectividad; la dirección, administración, investigación y enseñanza universitaria incluyendo facilidades y equipo; y las organizaciones sin fines de lucro, incluyendo las que manejan el conocimiento tales como las universidades, instituciones que viabilizan las contribuciones del sector privado; así como sobre todos los asuntos relacionadas a los programas educativos y servicios para la población de educación especial y con diversidad funcional; y la implantación de la política pública que garantice la prestación de servicios, educación especializada, terapias, rehabilitación vocacional y todo esfuerzo para que esta población pueda encaminarse a una vida independiente.RC 122 Senado · Aprobada | 2026-09-16 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-15 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-15 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-14 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre la totalidad de los fondos y recursos públicos asignados, autorizados, transferidos, comprometidos, desembolsados y/o utilizados por el Gobierno de Puerto Rico, sus agencias, instrumentalidades, corporaciones públicas y municipios para atender la emergencia provocada por la sequía y la deficiencia en el suministro de agua potable en Puerto Rico; investigar los gastos, obligaciones, contratos, adquisiciones, servicios, transferencias, reasignaciones presupuestarias y demás erogaciones de fondos públicos efectuadas para responder a dicha emergencia; evaluar particularmente la utilización del Fondo de Emergencia, el Fondo General, fondos especiales, fondos federales y cualquier otra fuente de financiamiento utilizada para estos fines; examinar los mecanismos, procedimientos y requisitos utilizados para autorizar, acceder, desembolsar, administrar y fiscalizar dichos recursos; determinar el costo total que ha representado para el Gobierno de Puerto Rico y los municipios la respuesta a la crisis del agua y la sequía; identificar las agencias, corporaciones públicas y municipios que han incurrido en dichos gastos y los fondos utilizados por cada uno; evaluar las medidas adoptadas para garantizar la adecuada utilización, supervisión, fiscalización y rendición de cuentas sobre dichos recursos; y para otros fines relacionados.RC 790 Senado · En comisión | 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) realizar y presentar un Informe sobre el Gasto Tributario Municipal en Puerto Rico, que identifique, cuantifique y analice las exenciones, exoneraciones, créditos, incentivos, deducciones, descuentos y demás mecanismos que reduzcan o eliminen ingresos provenientes de impuestos municipales; establecer que dicho informe deberá presentarse dentro de un término de seis (6) meses a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta; disponer que los gastos razonables y necesarios para la preparación del informe serán sufragados con cargo a la cantidad de sesenta y seis millones de dólares ($66,000,000) reservada del Fondo de Consolidación Municipal, conforme a la Sección 21 del presupuesto vigente y al Plan Fiscal Certificado de 2023; y para otros fines relacionados.RCC 398 Senado · En comisión | 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-08 | Senado | En comisión | — |
Para crear la “Ley para el Rescate del Fondo de la Ley 140-2014 y su Aportación al
Fideicomiso para el Retiro de la Policía”, a los fines de ordenar al Secretario de
Hacienda la certificación del balance acumulado en el Fondo para el Mejoramiento
Tecnológico, Profesional y Laboral de la Policía de Puerto Rico, incluyendo los
intereses devengados; ordenar la transferencia de dicho balance, como aportación
especial, única y no recurrente, al corpus del Fideicomiso para el Retiro de la
Policía, creado al amparo de la Sección 92 de la Ley 40-2020, según enmendada,
conocida como “Ley del Fideicomiso para el Retiro de la Policía”; disponer sobre
el uso, la administración y la constancia de dicha aportación; establecer el trámite
de cumplimiento con la Sección 204 de la Ley Pública 114-187, conocida como
“Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act” (PROMESA);
derogar la Ley 140-2014, conocida como “Ley para el Mejoramiento Tecnológico,
Profesional y Laboral de la Policía de Puerto Rico”, disponiéndose expresamente
la preservación del balance acumulado y su no reversión al Fondo General; y para
otros fines relacionados.PS 1446 Senado · En comisión | 2026-09-03 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-09-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-27 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-25 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-21 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-20 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-18 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y Reglamento, la transferencia, por compraventa, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Gobierno Municipal de Mayagüez el inmueble, otrora Escuela de Nivel Elemental denominada Castillo en el Municipio de Mayagüez , identificado y marcado por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) con los dígitos 259-066-008-01 como registro catastral; con el propósito de ejecutar en dicha edificación un proyecto integral para elaborar e implementar programas que beneficien a la comunidad mediante un convenio con la misma y así llevar a cabo actividades de desarrollo deportivo, recreativo y educativo, dirigido a niños, jóvenes y adultos; igualmente, servicios sociales esenciales, programas de bienestar social y desarrollo comunitario, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; establecer condiciones suspensivas para cualquier transferencia de título; y para otros fines relacionados.RCC 380 Senado · En comisión | 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-15 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-11 | Senado | En comisión | — |
| 2026-08-07 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-06 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-06 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-08-04 | Senado | Ley | — |
| 2026-08-01 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-07-15 | Senado | En comisión | — |
| 2026-07-07 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-30 | Senado | Aprobada | — |
Para enmendar la Resolución Conjunta del Fondo General del Gobierno de Puerto Rico para el Año Fiscal 2026, aumentando el presupuesto de trece mil noventa y cinco millones trescientos quince mil dólares ($13,095,315,000) a trece mil seiscientos noventa y dos millones ochocientos treinta y un mil dólares (13,692,831,000), mediante la asignación de fondos del Fondo General del Tesoro Estatal para sufragar gastos del Gobierno de Puerto Rico correspondientes al año fiscal que termina el 30 de junio de 2026; y para incluir, además, como parte del Presupuesto General para el Año Fiscal 2026, una asignación de quinientos ochenta y ocho mil dólares ($588,000), provenientes de sobrantes de años anteriores del Fondo General del Tesoro Estatal, para reponer la asignación destinada al pago del Instrumento de Valor Contingente del Arbitrio del Ron, y para otros fines.RCC 374 Senado · Aprobada | 2026-06-30 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-30 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-30 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-30 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar a la Comisión Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la posible destrucción, relleno y alteración de un humedal localizado en el Barrio Bajuras del Municipio de Isabela, identificado en el Catastro Digital de Puerto Rico como la finca número 003-000-009-16, presuntamente propiedad de Hauger Martin, incluyendo la evaluación de todo trámite de permisología relacionado, particularmente el expediente 2022-471582-REA-011482 asociado a servicios de consultoría ambiental y permisología (“Scape”); examinar el cumplimiento con la Ley Núm. 161-2009, conocida como la Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico, el Reglamento 4860 del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, el Reglamento Conjunto de Permisos, así como con las disposiciones aplicables de la Clean Water Act de los Estados Unidos; requerir información a las agencias pertinentes del Gobierno de Puerto Rico y al Municipio de Isabela, incluyendo la Oficina de Gerencia de Permisos, la Junta de Planificación, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, y cualquier otra entidad con jurisdicción, para determinar si se han expedido permisos, endosos o autorizaciones relacionadas con el movimiento de tierra, relleno, construcción o alteración del humedal; investigar si se solicitaron o concedieron permisos federales aplicables, incluyendo aquellos bajo la jurisdicción del U.S. Army Corps of Engineers, conforme a la Sección 404 de la Clean Water Act; examinar si el Municipio de Isabela otorgó autorizaciones municipales o cobró patentes municipales o arbitrios de construcción por las actividades realizadas en el predio; rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un término no mayor de noventa (90) días; y para otros fines relacionados.RS 458 Senado · Aprobada | 2026-06-30 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-30 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-30 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-29 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-29 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-25 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-25 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-25 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-25 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-25 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-24 | Senado | Aprobada | — |
Para enmendar la Resolución Conjunta del Fondo General del Gobierno de Puerto Rico
para el Año Fiscal 2026, aumentando el presupuesto de trece mil noventa y cinco
millones trescientos quince mil dólares ($13,095,315,000) a trece mil setecientos
treinta millones ochocientos setenta y tres mil dólares ($13,730,873,000), mediante
la asignación de fondos del Fondo General del Tesoro Estatal para sufragar gastos
del Gobierno de Puerto Rico correspondientes al año fiscal que termina el 30 de
junio de 2026; y para incluir, además, como parte del Presupuesto General para el
Año Fiscal 2026, una asignación de quinientos cincuenta y ocho mil dólares
($558,000), provenientes de sobrantes de años anteriores del Fondo General del
Tesoro Estatal, para reponer la asignación destinada al pago del Instrumento de
Valor Contingente del Arbitrio del Ron, y para otros fines.RCS 194 Senado · En comisión | 2026-06-24 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-23 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-23 | Senado | Ley | — |
| 2026-06-23 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-19 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-15 | Senado | En comisión | — |
Para enmendar el inciso (b); derogar los incisos (d), (e), (f), (g), (h) e (i); redesignar los incisos (j) y (k) como incisos (d) y (e), respectivamente; y enmendar el redesignado inciso (d) de la Sección 4030.20 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de extender de forma permanente, durante todo el año natural, la exención del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) sobre la venta al detal de uniformes y materiales escolares, eliminando su limitación a dos (2) días en los meses de julio y enero; disponer sobre la reglamentación; y para otros fines relacionados.PC 1311 Senado · En comisión | 2026-06-15 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-15 | Senado | En comisión | — |
“Para enmendar la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como “Ley
Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, a los fines de requerir un desglose
detallado y transparente de todos los cargos adicionales en la venta de boletos para conciertos,
obras teatrales, espectáculos deportivos y otros eventos similares en Puerto Rico, incluyendo,
pero no limitándose a, cargos por servicio, cargos por mantenimiento, impuestos y cualquier otro
cargo identificable, para garantizar la claridad y protección al consumidor; integrar las
responsabilidades de los productores de espectáculos públicos conforme a la Ley Núm. 162 de
1996, según enmendada, y la Ley Núm. 113 de 2005, según enmendada; prohibir la inclusión de
cargos por “infraestructura” o similares cuando las facilidades sean administradas de forma
privada, obligando a los administradores y productores privados a absorber tales costos; y para
otros fines relacionados.”PS 823 Senado · En comisión | 2026-06-15 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-15 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-12 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-11 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-11 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-11 | Senado | Aprobada | — |
Para enmendar los Artículos 2, 8, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 18 y 19 de la Ley 75-1995, según enmendada, conocida como la "Ley Especial para la Rehabilitación de Rio Piedras", con el fin de extender la vigencia de ciertos incentivos contributivos otorgados, mediante dicha Ley, hasta el 31 de diciembre de 2030; proveer para que los dueños o encargados de los negocios o industrias beneficiados por esta Ley, deban, anualmente, recibir una orientación de parte de los representantes del sector comercial de la Junta Comunitaria del Casco Urbano de Rio Piedras y CAUCE, sobre la importancia de la integración comunitaria y el rol de los grupos comunitarios en el desarrollo económico; establecer que aquellos empleados públicos que tramitan, evalúan, aprueban o deniegan los incentivos aquí dispuestos, se les brinden, periódicamente, capacitaciones o adiestramientos sobre la aplicación y el contenido de esta Ley; instituir mecanismos que faciliten y expediten el proceso de otorgación de incentivos; realizar enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.PS 220 Senado · Ley | 2026-06-10 | Senado | Ley | — |
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico, en
conjunto con la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y
Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico a
llevar a cabo una investigación sobre el cumplimiento del Gobierno de Puerto Rico,
el Departamento de la Familia, la Oficina de Gerencia y Presupuesto, las agencias
concernidas y la Comisión para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social
en Puerto Rico con las disposiciones de la Ley Núm. 84-2021, conocida como la “Ley
de Política Pública de Puerto Rico para Combatir la Pobreza Infantil y la
Desigualdad Social”; evaluar el estado actual de la Comisión creada por dicha Ley;
examinar la composición, nombramientos, reuniones, plan de trabajo, informes, uso
de fondos, cumplimiento de metas, coordinación interagencial, creación de
subcomités, recomendaciones de política pública y demás deberes impuestos por
dicha Ley; autorizar la citación de funcionarios, requerimiento de documentos,
celebración de vistas públicas, vistas ejecutivas, inspecciones oculares, referidos a
agencias con jurisdicción y cualquier otro trámite necesario para cumplir con esta
investigación; y para otros fines relacionados.RS 512 Senado · En comisión | 2026-06-10 | Senado | En comisión | — |
Para enmendar el inciso (a) del Artículo 1 de la Ley Núm. 18 de 30 de octubre de 1975, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Registros de Contratos”, a los fines de ordenar a la Oficina del Contralor de Puerto Rico crear, administrar y mantener un Registro Digital Centralizado de Contratos, mediante una plataforma electrónica uniforme, en la cual todos los departamentos, agencias, instrumentalidades y municipios del Gobierno de Puerto Rico deberán registrar, someter y formalizar sus contratos; añadir al referido Artículo 1 un nuevo inciso (f) a los fines de establecer que una vez quede perfeccionado el contrato entre las partes, el Registro Digital Centralizado de Contratos de la Oficina del Contralor, emitirá una alerta al Departamento de Hacienda para que queden identificadas y aseguradas las partidas presupuestarias pactadas en el referido contrato y facultar a la Oficina del Contralor a establecer acuerdos, de ser necesarios, con la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) para la ejecución de esta alerta; y para otros fines relacionados.PC 1297 Senado · En comisión | 2026-06-08 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-08 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-04 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-04 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-02 | Senado | En comisión | — |
Para crear la “Ley de Alivio Económico y Asistencia Directa a Empleados Federales Durante Cierres Gubernamentales”, a los fines de establecer moratorias en el cobro de préstamos hipotecarios y de vehículos de motor, pagos del servicio de agua potable y de energía eléctrica, y pagos de deudas con el Departamento de Hacienda y el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM); facilitar el acceso al Programa de Asistencia Nutricional (PAN), manejado por la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF), y al seguro por desempleo, administrado por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) en virtud de la Ley Núm. 74 de 21 de junio de 1956, según enmendada, conocida como “Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico”, a todo ciudadano que, como consecuencia de un cierre del gobierno federal, sufra una merma de ingresos; disponer que un deudor que sea empleado federal podrá solicitar la suspensión de un litigio en cobro de dinero, durante un periodo mínimo de tres (3) meses; y para otros fines relacionados.PC 893 Senado · En comisión | 2026-06-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-06-01 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-06-01 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-28 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-26 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-26 | Senado | Ley | — |
| 2026-05-26 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-05-21 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-05-19 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-19 | Senado | En comisión | — |
Para establecer la “Ley para la Revitalización de Viviendas Abandonadas a través de Créditos y Exenciones Contributivas en Puerto Rico”, a fin de proveer incentivos contributivos a las personas naturales, jurídicas, entidades u organizaciones sin fines lucrativos, cooperativas y corporaciones, que rehabiliten propiedades inmuebles abandonadas, así certificadas por el Departamento de la Vivienda y los municipios correspondientes, una vez realizado el debido proceso de ley, en áreas deterioradas para promover las viviendas asequibles; disponer objetivos; definiciones; criterios; designaciones; facultades y deberes; requisitos de elegibilidad de la propiedad inmueble y del propietario; administración y certificación; criterios de solicitud; incentivos; condiciones para el incentivo y exención; controles, fiscalización, penalidades y reversión; reglamentación; e informe de impacto fiscal.PC 1123 Senado · En comisión | 2026-05-18 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-18 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-14 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-14 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-14 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-12 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-12 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la situación fiscal del Gobierno, el ritmo de cumplimiento de las exigencias del Plan Fiscal Comprensivo exigido por la legislación “PROMESA”, las recaudaciones del Fondo General y los fondos especiales, el estimado de los recaudos e ingresos probables y el financiamiento mediante el uso de empréstitos; los estimados de ingresos, de inversiones y desembolsos de las corporaciones públicas; la legislación que liberalice o imponga contribuciones de cualquier tipo; la deuda pública del Gobierno de Puerto Rico y de las corporaciones públicas, así como las condiciones de pago para los empréstitos; la recaudación, custodia, depósito y contabilidad de los fondos públicos; la pre-intervención y el uso de los fondos públicos de acuerdo a los fines para los que se autorizaron; el estudio y la evaluación del Presupuesto General; las peticiones presupuestarias recomendadas por la Gobernadora para los departamentos, corporaciones públicas, agencias y demás instrumentalidades públicas, tomando en consideración todos los ingresos y recursos del Estado, los de la entidad evaluada, incluyendo fondos federales, fondos especiales y donaciones, así como cualquier otro ingreso y todo asunto relacionado a la otorgación de incentivos económicos que representen o conlleven impacto fiscal; y para otros fines relacionados.RC 60 Senado · Aprobada | 2026-05-11 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-05-07 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-05-07 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-05 | Senado | En comisión | — |
| 2026-05-04 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-30 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-27 | Senado | En comisión | — |
Para derogar la Ley Núm. 247-2015, conocida como “Ley para la Promoción de Bolsas
Reusables y la Reglamentación del Uso de Bolsas Plásticas en el Estado Libre
Asociado de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 51-2022, según enmendada,
conocida como “Ley para prohibir el expendio y utilización de plásticos de un solo
uso en todo local comercial, de venta y distribución autorizada a realizar negocios
conforme a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; adicionar un
inciso (z) al Artículo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según
enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recursos
Naturales y Ambientales” (DRNA); y adicionar un nuevo inciso (m) y redesignar
el actual inciso (m) como inciso (n) del Artículo 3 del Plan de Reorganización Núm.
3 de 22 de junio de 1994, según enmendado, a fin de autorizar al Secretario del
Departamento Recursos Naturales y Ambientales establecer un programa de
concienciación ambiental que promueva la disminución de plásticos de un solo
uso, propulsando el uso de bolsas reusables; y autorizar al Secretario de Hacienda,
en conjunto con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto
Rico, implementar mediante reglamento al respecto un estímulo monetario o
crédito contributivo, una vez acreditado por los comercios exentos el
cumplimiento con las normas consignadas.PS 900 Senado · En comisión | 2026-04-27 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-23 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-21 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-20 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-20 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-04-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-16 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-04-15 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-14 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-10 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-09 | Senado | En comisión | — |
| 2026-04-07 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-30 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-30 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-19 | Senado | Aprobada | — |
Para ordenar al Departamento de Hacienda suspender temporalmente el arbitrio a la gasolina y al “diesel oil” establecido en los incisos (1) y (3) del apartado (a) de la Sección 3020.06 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, durante el periodo de cuarenta y cinco (45) días a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta; ordenar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto a implementar, en coordinación con la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, las medidas de reducción de gastos necesarias para garantizar la neutralidad fiscal de esta Resolución Conjunta, incluyendo ajustes en nómina de empleados de confianza, gastos publicitarios y servicios profesionales, y reasignar los fondos necesarios provenientes de sobrantes de nómina, a los fines de alcanzar veinticinco (25) millones de dólares para sufragar la suspensión del arbitrio; disponer sobre los márgenes de ganancia bruta en todos los niveles de distribución y mercadeo en la venta de gasolina, gas licuado de petróleo y diésel mientras dure la suspensión del arbitrio, y para otros fines relacionados.RCC 315 Senado · En comisión | 2026-03-19 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-19 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-17 | Senado | En comisión | — |
Para adicionar un Artículo 4.012A y un Artículo 4.014A al Capítulo II del Libro IV de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a fin de disponer el proceso de expropiación sumaria; y autorizar a los municipios y al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), en conjunto con la asistencia del Registro Inmobiliario Digital del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, establecer procesos de investigación para identificar las propiedades sin titulares, y que no constituyen estorbos públicos, dentro de su jurisdicción territorial; cumplir con el proceso dispuesto en la Ley Núm. 210-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, y en la Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, relativo al debido proceso de ley para establecer la titularidad del bien inmueble investigado por los municipios; certificación de titularidad a las jurisdicciones municipales, cuando proceda, y con ello, los derechos como dueños titulares, entre ellos: arrendamiento y venta; los fondos obtenidos por los distintos negocios jurídicos ingresarán a un “Fondo Perpetuo de Emergencias y Desastres” administrados por el ayuntamiento municipal a favor de su Oficina Municipal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres; y adopción de reglamentación.”PC 1000 Senado · En comisión | 2026-03-13 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-12 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-12 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-12 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-12 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-03-09 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-09 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-09 | Senado | En comisión | — |
Para ordenar a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre el impacto acumulado, actual y prospectivo del Gasto Tributario de Puerto Rico, que calcula anualmente el Departamento de Hacienda, concepto que se refiere a los recaudos no recibidos como consecuencia de las deducciones, las exenciones, los créditos, las exclusiones, las tasas contributivas especiales, y los diferimientos o aplazamientos que forman parte del andamiaje contributivo del país. Además, se le ordena a dicha Comisión investigar en qué medida el gobierno central y la Asamblea Legislativa pueden articular la política pública necesaria para reducir sustancialmente el Gasto Tributario de Puerto Rico, antes de considerar cualquier proyecto de ley de reforma contributiva.RC 640 Senado · En comisión | 2026-03-09 | Senado | En comisión | — |
| 2026-03-06 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-02-27 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-02-27 | Senado | En comisión | — |
| 2026-02-26 | Senado | Aprobada | — |
| 2026-02-23 | Senado | En comisión | — |
| 2026-02-23 | Senado | En comisión | — |
| 2026-02-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-02-17 | Senado | En comisión | — |
| 2026-02-17 | Senado | En comisión | — |